Consejos a los consumidores 
 
Defensa y Orientación del Consumidor
Consejos a los consumidores
(recomendaciones del Ministerio de Economía)


Señor Consumidor:

Sus derechos como consumidor están amparados por el Art. 42 de la Constitución Nacional y por la Ley de Defensa del Consumidor. Hágalos valer.

Conocer sus derechos como consumidor y ejercerlos le permitirá mejorar sus decisiones de compra y su calidad de vida.

Si ante la compra de bienes o la contratación de servicios, se vulneran sus derechos, reclame! Ejerza su derecho a ser compensado.

Usted tiene derecho a una información veraz y adecuada de los bienes y servicios que se ofrecen. Recuerde, la publicidad obliga al anunciante.

Compre en los comercios que exhiben sus precios, así podrá comparar y hacer la mejor elección.

Solicite siempre las facturas de las compras que realiza. Las necesitará en caso de reclamo.

Al dejar una seña, solicite un recibo. Lo necesitará en caso de reclamo.

Antes de firmar un contrato lea detenidamente todas sus cláusulas. No firme documentos con espacios en blanco.

Pida varios presupuestos antes de contratar servicios de reparaciones, compare y elija la mejor propuesta.

Solicite siempre comprobantes de las operaciones que realice, las necesitará en caso de reclamo.

Usted debe exigir que todo documento de venta contenga: la identificación del proveedor; la identificación del bien o del servicio; el plazo y las condiciones de la entrega, el precio y las condiciones de pago.

Rechace los productos que no estén identificados correctamente, es decir, los que en su rótulo no tengan marca, origen, firma responsable, composición, cantidad, calidad, fecha de elaboración y vencimiento e instrucciones de uso. 

Si le ofrecen un plan de ahorro y le prometen la entrega inmediata de un bien o de dinero, sin sorteo ni licitación, desconfíe; ningún plan debidamente autorizado puede asegurar su entrega en esas condiciones.

Si usted no está bien informado puede ser víctima de un fraude.

Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios están obligadas a informar por escrito sobre las condiciones del servicio que prestan. 

Si no denuncia el FRAUDE, el MALTRATO, el ABUSO, no ejerce los derechos que le reconocen las leyes que lo protegen como consumidor, además contribuye a mantener situaciones injustas.

Fuente: Ministerio de Economía de la Nación
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