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El Plan Urbano Ambiental promete transformar la Ciudad de Buenos Aires

El Plan Urbano Ambiental (PUA) es un instrumento concebido por la Constitución porteña para orientar el desarrollo de la Ciudad y mejorar la calidad de vida. El PUA regulará el desarrollo de los inmuebles, espacios verdes y transportes. La norma incorpora los puntos básicos para la localización, regulación y preservación de las actividades que se desarrollan en el espacio aéreo, suelo y subsuelo de la ciudad.

La norma, aprobada en segunda lectura por la Legislatura porteña, establece la identificación e implementación de las principales estrategias de ordenamiento territorial y ambiental de la Ciudad y la efectivización de espacios institucionales de coordinación con otras jurisdicciones.

En lo referido a las propuestas específicas para la Ciudad, apunta a "transformar la estructura radioconvergente y fuertemente monocéntrica de Buenos Aires en una estructura más reticular y policéntrica que atienda tanto a la consolidación del centro actual como a la promoción de centralidades barriales y secundarias".

La Ley promueve un sistema de transporte sustentable que potencie la intermodalidad, que tienda a la expansión del uso de los medios públicos, mejorando la capacidad y calidad de los servicios y desalienta el uso de automotores privados. Por otra parte se estimula el uso de la bicicleta mediante, entre otros puntos, de la eliminación de las barreras físicas.

En cuanto al hábitat y la vivienda, tiende a la mejora del hábitat de los sectores sociales de menores ingresos como a las condiciones de calidad ambiental que debe guardar el hábitat residencial en su conjunto, con la debida preservación de las características singulares que otorgan identidad y diversidad a los distintos espacios urbanos.

Sobre los espacios públicos, el Plan busca incrementar, recuperar y mejorar el espacio público y la circulación de los parques, plazas y paseos y de las áreas de calidad patrimonial.

Respecto a la producción y el empleo, busca generar condiciones apropiadas para la modernización y diversificación del tejido económico a través de la atracción de nuevas actividades y del mejoramiento de las existentes. Se proponen como lineamientos: la promoción de la Ciudad como Centro de Negocios; la consolidación y el crecimiento de las pequeñas y medianas industrias y la promoción del turismo, entre otros.

También se presta especial atención al patrimonio urbano, procurando armonizar las tendencias de transformación y el resguardo de las áreas, paisajes, monumentos, edificios y otros elementos urbanos de relevante valor histórico, estético, simbólico y/o testimonial.

Estas propuestas territoriales se implementarán mediante instrumentos de distinta índole, ya sea de planificación, de gestión y de monitoreo y de control.

Otro aspecto destacado es el referido a los instrumentos normativos, en donde se establece que el Código Urbanístico reemplazará al de Planeamiento Urbano y tendrá por objeto guiar la conformación de la ciudad, incluyendo tanto los espacios públicos como los privados y las edificaciones que se desarrollen en los mismos.

"Los diversos lineamientos e instrumentos del PUA deben ser decididos e implementados en marcos participativos que aseguren el consenso y la adecuación a las expectativas de los habitantes de la ciudad", se establece en el Capítulo IV de la ley.

También se prevén instrumentos de monitoreo que "permitirán disponer de información actualizada general y específica, entendida como un insumo básico para dar sustento a las evaluaciones y tomas de decisiones en el desarrollo del PUA".

El Poder Ejecutivo será el encargado de desarrollar las gestiones necesarias para suscribir los acuerdos y convenios interjurisdiccionales que resulten necesarios para el cumplimiento de las estrategias y acciones de nivel metropolitano establecidas en el PUA.

Asimismo el Consejo del PUA se abocará al desarrollo de un Modelo Territorial y programas de actuación sobre la temática de transporte y movilidad y de Revitalización de la Zona Sur.

La Ley sancionada había tenido aprobación inicial el 20 de diciembre del 2007, mientras que en los días 26 de marzo y 3 de abril de 2008 tuvo lugar la Audiencia Pública, tal como lo establece el artículo 89° de la Constitución de la Ciudad.