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Un juez suspendió el convenio en la Ciudad y Lotería Nacional

Buenos Aires, 3 de Diciembre de 2003 - Fuente: Noticias Urbanas
Nota original: Horacio Ríos. Adaptado para VillaLugano.com


El juez del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires Roberto Gallardo suspendió el convenio que firmaron la Lotería Nacional y el Instituto de Juegos y Apuestas, basándose en tres artículos de la Ley 538, que regula los juegos de apuestas en la ciudad y en el artículo 50 de la Constitución porteña.

Gallardo actuó ante una presentación del ex defensor del Pueblo, Alejandro Nató, y aceptó también como parte autora al abogado Ricardo Monser Sanz, que efectuó otra presentación en el mismo sentido. El fallo destaca que en la cláusula tercera del acuerdo, Lotería Nacional mantiene "la exclusividad en la explotación, comercialización y fiscalización de los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas". Ésta estaría en contraposición con el enunciado del artículo 50 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que reza: "la Ciudad regula, administra y explota los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas".

En su fallo, el juez cuestiona además que se incluya en el convenio al casino, e inclusive a un segundo casino, que ya fue autorizado y que será operado por la misma empresa que explota el barco. En su argumento, Gallardo alega que el artículo noveno de la Ley 538 prohibe la instalación y el funcionamiento de salas de casino, que sólo podrían funcionar después de que el Poder Ejecutivo lo proponga ante la Legislatura y que ésta la apruebe con dos tercios de sus votos, en un sistema de doble lectura. Es decir, tras una audiencia pública.

La sanción del convenio -según el magistrado- podría alterar el marco de la Ley 538, al habilitarse "dos salas de casino en forma indirecta y sin el debido procedimiento legal y contitucional". Gallardo también cuestiona el incumplimiento del artículo 26 de la Ley 538, que establece que "el jefe de Gobierno de la Ciudad es quien concluye, firma y remite a la Legislatura los acuerdos para su aprobación y que la autoridad de aplicación -el Instituto de Juegos y Apuestas de la Ciudad- es quien tiene la misión de representar a la ciudad en el trámite y negociación de los mismos". "En el caso, y en aparente contradicción con la norma referida -expresó el juez- el Instituto habría asumido facultades que no le son propias y se habría omitido además la conclusión, la firma y la remisión por parte del señor jefe de Gobierno de la Ciudad".

Finalmente, el magistrado reclamó por el imcumplimiento del artículo 30 de la Ley 538, que exige que "el Poder Ejecutivo debe realizar todas las acciones correspondientes para lograr el cierre de la sala de juegos conocida como casino, que funciona en el Puerto de la Ciudad en cumplimiento de la presente ley, y garantizar el ejercicio en plenitud de los derechos autonómicos".

El presidente del Instituto de Juegos y Apuestas de la Ciudad, Jorge Gimeno, manifestó que van a apelra la medida, aunque van a acatarla. De todos modos, el convenio aún no está en vigencia, ya que para eso es necesario que sea publicado en el Boletín Oficial de la Nación -trámite que se cumplió hoy- y en su similar de la Ciudad, en el que todavía no apareció. Antes fue aprobado por la Legislatura porteña y fue firmado por el jefe de Gobierno y, posteriormente, por el presidente de la Nación.


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